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Ley de prohibición de pirotecnia: multas financiarán organizaciones dedicadas al Autismo y la Protección Animal

El miércoles 20 de diciembre de 2023 se votó por unanimidad la Ley de Prohibición del uso de artefactos pirotécnicos de estruendo para todo el territorio nacional, en cuanto a la importación, elaboración, comercialización mayorista o minorista y el almacenamiento de cualquier tipo de artefacto pirotécnico de estruendo destinado al uso comercial o domiciliario.

En tanto la ley nacional, que el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días para reglamentar, indica que el Servicio de Material y Armamento del Ministerio de Defensa Nacional, la Dirección Nacional de Bomberos del Ministerio del Interior y los Gobiernos Departamentales, según sus respectivas competencias, controlarán y fiscalizarán el cumplimiento de las disposiciones de la presente norma.

Respecto del destino de las multas e incautaciones, la recaudación por estos conceptos será administrada por el Ministerio de Defensa Nacional para hacer frente a los gastos incurridos por el Ministerio de Defensa Nacional para el control y fiscalización y se destinará a la financiación de proyectos y actividades de organizaciones que se dediquen al Trastorno del Espectro Autista y a la protección animal. Por otra parte, se declara el mes de diciembre de cada año «Mes para la promoción y concientización del uso responsable de Pirotecnia».

Fuente: Durazno Digital