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Junta modificó artículo 41 de las directrices departamentales de ordenamiento territorial

Quedó incorporado al artículo Nº 41 de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, un inciso que habilita a la creación de predios de superficies menores a 300 metros cuadrados, en los casos de actuaciones de los programas públicos de vivienda de Interés Social para urbanizaciones y/o proyectos de mejoramiento barrial, que sean declarados de Interés Social por el Intendente Departamental, hasta tanto no se aprueben los planes locales y/o parciales para cada una de ellas.

El pasado 2 de febrero, la Intendencia Departamental de Tacuarembó envió una propuesta para hacer la incorporación mencionada. Motivó esa solicitud la regularización de las viviendas de interés social, construidas y/o a construirse en diversas localidades del interior del departamento, como es el caso de parcelas de MEVIR en Villa Ansina y en Paso de los Toros.

Dicho proyecto de decreto fue evaluado en una primera instancia por la Comisión de Transporte, Viviendas, Obras Públicas, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente del órgano legislativo departamental, recibiendo en una ocasión al Ingeniero Pablo Da Rosa de la Dirección de Ordenamiento Territorial de la Intendencia Departamental, evacuándose todas las consultas planteadas por los señores legisladores departamentales. Una vez que contó con la aprobación de dicha Comisión, fue elevado al plenario del organismo, siendo aprobado por unanimidad.

Fuente: JDT