El proyecto de ley de presupuesto que el gobierno llevó el domingo al Parlamento incluye un capítulo extenso de cambios tributarios con nuevos impuestos y modificaciones a otros ya existentes, como el IRPF.
El gobierno de Yamandú Orsi llama a estos cambios “convergencia fiscal”, y señala que las modificaciones propuestas buscan “adaptar la estructura tributaria de Uruguay a tendencias globales en la materia”, al tiempo que “corrigen inconsistencias técnicas”.
“Las modificaciones propuestas para el sistema tributario pueden agruparse en dos grandes categorías. En primer lugar, se proponen ajustes que tienen como propósito localizar el pago de impuestos en Uruguay que se están pagando en el exterior”, dice la exposición de motivos (fundamentos) que acompaña el proyecto de ley que, en total, tiene 713 artículos.
“El propósito de esta iniciativa no es aumentar los impuestos para los contribuyentes alcanzados por la norma, sino simplemente localizar en Uruguay la recaudación de tributos que actualmente se pagan en el exterior”, agrega el documento, y detalla: “En esta primera categoría se ubica el Impuesto Mínimo Complementario Doméstico y las modificaciones en el tratamiento tributario aplicable a la distribución de dividendos y utilidades que las empresas uruguayas realizan a sus accionistas o socios no residentes” (en el exterior).
“En segundo lugar, se proponen ajustes técnicos que están orientados a otorgar mayor equidad horizontal sobre impuestos existentes. En esta segunda categoría se incluyen modificaciones que permiten gravar ciertos rendimientos y ganancias de capital derivadas de activos situados en el exterior, la inclusión de una norma antiabuso para el caso de ventas que se materialicen como transferencias indirectas trasnacionales de activos, deducciones en el IRPF para contribuyentes que adopten menores de edad y cambios en los regímenes de envíos expresos” (compras minoristas en el exterior).
Impuesto Mínimo Global
El gobierno sostiene que “la nueva realidad fiscal internacional, particularmente la irrupción del Impuesto Mínimo Global, neutraliza los beneficios tributarios que Uruguay ha venido concediendo para promover la inversión y el empleo. En la medida que el impuesto mencionado grava rentas generadas por entidades locales pertenecientes a determinados grupos multinacionales cuando no son suficientemente gravadas en Uruguay, implica que las rentas exoneradas por nuestro sistema tributario son gravadas en otra jurisdicción. De este modo, el sacrificio tributario que nuestro país realiza se convierte –en términos económicos– en transferencias directas desde nuestra tesorería a la tesorería del país donde reside la matriz última del grupo multinacional que se trate. Para evitar este efecto no deseado es que se propone la creación del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico”.
“Estrictamente, se trata de un impuesto que implica un cambio en la localización del lugar de pago del tributo. En la misma línea, también se propone eliminar la exoneración que actualmente aplica a ciertas distribuciones de dividendos y utilidades que las empresas uruguayas realizan a sus accionistas o socios no residentes. La medida propuesta implica que, si en el país de residencia de los accionistas o socios se gravan los dividendos o utilidades recibidos desde Uruguay y se les concede un crédito fiscal por el impuesto abonado en nuestro país, entonces no se le aplicará exoneración a esos dividendos o utilidades. De manera similar a lo planteado en el caso del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico, esta modificación tributaria no implica un costo adicional para el contribuyente, dado que el monto que deberá abonar en Uruguay lo dejará de pagar en la jurisdicción donde el accionista o socio es residente”, detalla el gobierno.
Cambios en el IRPF
El gobierno propone “ajustes técnicos para otorgar equidad horizontal en impuestos existentes”, y “ajustes correctivos con el objetivo de efectivizar la recaudación de impuestos ya existentes”.
“El primero de ellos es la propuesta de gravar con el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) a los incrementos patrimoniales derivados de activos situados en el exterior que generan rendimientos de capital mobiliario, así como también los rendimientos de capital inmobiliario y los respectivos incrementos patrimoniales”, dice el texto presentado ante el Parlamento.
“La norma propuesta en el proyecto de presupuesto pretende que todos los rendimientos de las inversiones en el exterior queden gravados de modo de asimilarlos al tratamiento tributario que tienen los rendimientos de las inversiones en Uruguay”, agrega el documento.
Una norma para evitar abusos y evasión
El gobierno propone “un segundo ajuste correctivo” para crear “una norma antiabuso que procura evitar que los impuestos que gravan las rentas – IRPF, IRAE e IRNR – en caso de ventas que se materialicen como transferencias indirectas transnacionales de activos se puedan eludir”.
“Esta erosión de base tributaria uruguaya se ha podido constatar cada vez con mayor frecuencia, verificándose que importantes empresas de nuestro medio o inmuebles con valores relevantes pertenecen a sociedades no residentes. La venta de dichas empresas o inmuebles se encuentra gravada por IRAE, IRPF o IRNR, según corresponda, porque constituye una renta de fuente uruguaya. En cambio, si la venta de dichas empresas o inmuebles se materializa – indirectamente – a través de la venta de acciones de la entidad del exterior, no queda alcanzada por los impuestos domésticos. En ambos casos se trata de la venta de empresas o de inmuebles situados en nuestro país, instrumentadas jurídicamente de diferente manera. Para evitar la elusión del impuesto a través de la planificación tributaria internacional, y por razones de equidad horizontal, ambas operaciones que tienen idéntico contenido económico deben estar sometidas a la misma carga tributaria. Por tal motivo, se propone una cláusula antiabuso que evita que mediante una maniobra muy simple se pueda eludir el pago de impuestos en nuestro país, correspondiente a operaciones ocurridas dentro de nuestro territorio”, explica el proyecto de ley.
Nuevas deducciones al IRPF al adoptar menores de edad
El gobierno “propone una modificación en el IRPF que permite que los contribuyentes que adopten menores de edad puedan deducir en el marco del referido impuesto las mismas partidas que cualquier otro padre o madre”.
“El diseño actual de las deducciones por este concepto establece que en el caso de adopciones la deducción recién se puede efectivizar cuando los menores adoptados adquieren la calidad de ‘hijo’, luego que la resolución judicial otorga la adopción definitiva. Por tal motivo, transcurre un importante período durante el cual, si bien los contribuyentes tienen a su cargo al menor, no pueden efectuar la referida deducción”, dice el texto, y propone “introducir un cambio en el texto legislativo que permita que la deducción en la liquidación del IRPF también pueda ser realizada por aquellos contribuyentes que han recibido la tenencia de un menor con fines de adopción mientras que se concreta formalmente la adopción definitiva”.
“Impuesto Temu” (IVA)
Por último, el gobierno incluyen en la ley de presupuesto el llamado “impuesto Temu”, que es el IVA a las compras minoristas en el exterior a través de los envíos expresos.
“El sistema es valorado por los consumidores y facilita el arbitraje de precios; sin embargo, las buenas prácticas internacionales muestran que, si bien los países suelen exonerar de tributos aduaneros a las franquicias, no lo hacen respecto de los impuestos internos”, dice el texto, y agrega: “La modificación propuesta consiste en que la mercadería sometida al régimen de envíos postales internacionales, cuyo valor de factura o su declaración de valor no exceda los USD 800 anuales, quedarán exentas del pago de aranceles”, pero, “las importaciones quedaran sujetas al pago de la tributación interna con una alícuota del 22% sobre el valor de factura o declaración de valor de la mercadería, con una tributación mínima de USD 20 por envío”.
“Esta franquicia tendrá un cupo de hasta tres envíos al año para utilizarse. Por fuera de esta franquicia se abonará, tal como hoy, 60%”, finaliza.
Fuente: Subrayado